El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el Reglamento de los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE), que regula las condiciones de los internos en estas instalaciones policiales donde son retenidos antes de ser expulsados del país. Este documento es un imperativo de la Ley de Extranjería de 2009, que debería llevar en vigor, al menos, desde 2010.

En abril de 2012 Interior dio a conocer un primer borrador y lo sometió a consulta de distintos ministerios, organizaciones sociales, grupos parlamentarios y organismos como la Fiscalía, el Consejo General del Poder Judicial y la Abogacía del Estado, que hicieron sus aportaciones.

Este órgano ha realizado una serie de recomendaciones y una observación esencial, como es la de garantizar el derecho de los inmigrantes recluidos en estos centros a recibir la asistencia médica y sanitaria «necesaria». A su juicio, el borrador restringía este derecho que confiere la Ley de Extranjería.

El reglamento no modifica en lo esencial el modelo de funcionamiento de estos centros, aunque sí introduce algunas novedades:

• Las fuerzas de policiales se limitarán a la custodia de las instalaciones
• Será personal especializado el que atienda a los internos
• A los internos se les llamarán por su nombre y no con un número
• El director de los CIE ya no tendrá la última palabra a la hora de trasladar a un interno al hospital, ni supervisar la presentación de quejas de los inmigrantes recluidos
• Las ONG podrán acceder a las instalaciones, previa acreditación
• Las comunicaciones con abogados y consulados no serán objeto de supervisión policial

El Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha destacado que a diferencia de otros países
europeos, donde la estancia de los inmigrantes en los CIE puede llegar a los 18 meses, en España está limitada a 60 días como máximo, aunque la media de permanencia es de 22 o 23 días.

Si bien ha señalado que la seguridad recae en el Cuerpo Nacional de Policía, la labor asistencial será asumida por personal ajeno, empleados públicos o personas que pertenezcan a ONG, en virtud de convenios, que se encargarán de gestionar y controlar los servicios de asistencia sanitaria, jurídica, cultural y social de los internos.

El titular de Interior ha destacado que los extranjeros retenidos en los CIE tienen derecho a ser informadas en un idioma que les sea comprensible, a recibir asistencia médica, a presentar quejas, y reclamaciones y a contactar con ONG nacionales e internacionales.

También ha subrayado que el nuevo texto regula «expresamente» el derecho de los inmigrantes a formular peticiones e interponer recursos relativos al funcionamiento de los centros; «fortalece» los mecanismos de inspección de los centros, la posibilidad de visitas del Ministerio Fiscal y la obligación de colaborar con organismos nacionales e internacionales de protección de los Derechos Humanos.

«Totalmente novedoso» es para Fernández Díaz la formación del personal del centro, las reglas de conducta por la que deben regirse los trabajadores y la creación de unos libros-registro en los que se recogerá toda la información sobre la gestión y funcionamiento de los centros. Asimismo, se establece un seguimiento periódico de la prestación de los servicios sanitarios, asistenciales y sociales.

Finalmente, el Gobierno ha decidido mantener la denominación de Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) frente a la de Centros de Estancia de Extranjeros (CECE), planteada en el borrador del real decreto. Muchos de los organismos consultados en ese proceso, como el Consejo Fiscal, la Fiscalía de Sala especialista en Extranjería o los colegios de abogados, han mostrado su disconformidad con el cambio de nombre.