Desde el pasado viernes día 13 de junio, se encuentra en vigor la Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica nuevamente el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Por tanto, sus disposiciones serán de aplicación a los contratos con consumidores y usuarios que se celebren a partir de dicha fecha.

El objetivo de la norma es introducir las modificaciones necesarias en la Ley de Defensa de los Consumidores y resto de normas complementarias para transponer al Derecho interno la Directiva 2011/83/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre los derechos de los consumidores(DOUEL de 22 de Noviembre de 2011).

Esta Directiva estableció un nuevo marco legal en el ámbito de los contratos celebrados a distancia y los contratos celebrados fuera de los establecimientos mercantiles y modificó la normativa europea sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores y sobre determinados aspectos de la venta y las garantías de los bienes de consumo.

Entre sus objetivos se encuentra: impulsar la protección de los consumidores y usuarios europeos, consolidar el mercado interior y reforzar la seguridad jurídica, tanto de los consumidores y usuarios como de los empresarios, eliminando las disparidades existentes en la legislación europea.

En consecuencia, algunas de las modificaciones más importantes de la reforma introducida por la Ley 3/2014 son:

  • Modificaciones en el concepto de consumidor y empresario.
  • Regulación conjunta de los contratos celebrados a distancia y de los contratos celebrados fuera de los establecimientos mercantiles.
  • Se amplían las obligaciones de información precontractual.
  • Se introducen modificaciones en el derecho de desistimiento.
  • Se da cumplimiento a la STJUE de 14 de junio de 2012 en materia de cláusulas abusivas.
  • Se introducen modificaciones en la acción de cesación.

Así, desde la entrada en vigor de esta Ley de Consumidores y Usuarios, unos 507 millones de consumidores se podrán beneficiar de la nueva legislación europea de protección de los derechos de los consumidores que pretende adaptarse a la era digital y homogeneizar la legislación a nivel europeo.

La nueva directiva, que fue aprobada en octubre de 2010 y que contaba con un margen de dos años para ser incorporada a nivel nacional, fortalece los derechos de los consumidores donde sea y cuando sea que compren, es decir, en cualquiera de los países de la Unión Europea (UE) ya sea de forma física o por internet.

La norma reconoce el derecho de los consumidores a poder decidir, desde la primera llamada telefónica comercial, que no quieren recibir más ofertas. Además, prohíbe las llamadas comerciales de 21.00 a 09.00 horas, así como los fines de semana y festivos. La ley garantiza, por ejemplo, 14 días de devolución, en lugar de los siete establecidos por la norma precedente, para devolver cualquier tipo de compra efectuada ya sea por internet o en establecimientos en la calle. También quedan prohibidos los recargos por el pago con tarjeta de crédito o por el uso de líneas de teléfono de emergencia de cualquier empresa que las ofrezca.

«Europa está poniendo final a las estafas que sufren los consumidores en la red, desde hoy cualquier consumidor de la UE puede reclamar sus derechos bajo la nueva directiva de Derechos del Consumidor», ha señalado la vicepresidenta de la Comisión Europea y titular de Justicia, Viviane Reding.

A efectos prácticos la norma implica que, por ejemplo, a la hora de comprar billetes de avión a través de internet no haya más servicios extras que vengan seleccionados por defecto y que sea necesario deseleccionar.

Se establecen, también, fuertes normas para impedir las estafas a través de Internet, como por ejemplo la prohibición de la oferta de servicios que se presentan gratuitos pero que en realidad no lo son. Los comerciantes a partir de ahora estarán obligados a desglosar de forma clara los costes de aquello que ofrecen y a detallar el contenido de cualquier tasa extra que pueda haber.

Además, la ley establece normas sobre la accesibilidad y legibilidad de manera que permita al consumidor y al usuario el conocimiento previo a la celebración del contrato sobre su existencia y contenido. «En ningún caso se entenderá cumplido este requisito si el tamaño de la letra del contrato fuese inferior al milímetro y medio o el insuficiente contraste con el fondo hiciese dificultosa la lectura», señala la norma. «Un consumidor de confianza es la mejor noticia para nuestro mercado único». añadió la vicepresidenta de la CE. Esta iniciativa, dijo Reding, supone para la UE «situar a los consumidores en el asiento del conductor aumentando su confianza, el paquete de estímulos más barato que Europa puede aplicar». Especificó también que la CE comprobará de forma rigurosa si cada estado miembro se adhiere a lo que han acordado previamente los Veintiocho implementando las normas de forma correcta y protegiendo a los consumidores de los derechos que les corresponden. Para asegurarse de que esta normativa es aplicada de igual manera en todos los países de la UE, la Comisión publica un documento de orientación para las autoridades nacionales, incluyendo un modelo opcional para la información esencial del consumidor que se mostrará en los productos digitales.

La nueva normativa de derechos del consumidor homogeneiza las normas nacionales de los consumidores en distintas áreas importantes, de esta forma los compradores podrán contar con los mismos derechos independientemente del país de la UE en el que compren. Las empresas también se beneficiarán de esta nueva normativa que busca crear igualdad de condiciones, haciendo que sea menos costoso para los comerciantes ofrecer sus productos y servicios a los consumidores a través de las fronteras europeas.

La legislación fue adoptada formalmente el 10 de octubre de 2010 y los gobiernos disponían de dos años para implementarla a nivel nacional con una fecha límite del 13 de junio de 2014, sin embargo a día de hoy Polonia y Bulgaria aún no han realizado los trámites necesarios para que entre en vigor en sus países. En este sentido, el comisario europeo de Consumo, Neven Mimica, explicó que «hasta hace unas semanas unos 15 países no habían transpuesto la directiva», por lo que la CE les envió a todos una carta en la que les llamaba a cumplir con su obligación. Con esta medida, que es el primer paso de la apertura de un proceso por infracción que eventualmente puede acabar en multa, la CE consiguió que trece de ellos adaptasen la medida a tiempo. Pese a todo, Mimica señaló que los estados Miembros suelen colaborar para implementar las normas de protección de los consumidores, un 85 % de las cuales se determinan a nivel europeo.

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Fuente: Noticias Jurídicas y El Mundo