Despidos, contratos, acoso laboral e incapacidades.

¿Trabajador autónomo? Especie en peligro de extinción

Si eres autónomo, prepárate porque te van a crujir. ¿Más? Muuuucho más. Parece una auténtica caza de brujas y pocos están dispuestos a plantar batalla. Desde hace meses el Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Manuel Escrivá, está empeñado en subirles la cuota. A todos. Dice que es por justicia, por solidaridad unos con otros, por tener cuotas más equilibradas y ligadas a los ingresos reales; dice también que es porque recibirán una mayor protección en caso de enfermedad, cierre o cuando llegue la jubilación … pero, la verdad, es que los trabajadores autónomos están cada vez más acorralados por los impuestos.

Hemos visto memes en todas las redes sociales. “El trabajador autónomo, en peligro extinción. El trabajador autónomo, en busca y captura”. Nos lo tomamos a broma, pero es muy serio. ¿Lo último? Una nueva propuesta del Ministerio de Seguridad Social sobre el sistema de cotización por ingresos reales.

La nueva idea de Escrivá, su impulsor, consiste en otro esquema para subir la cuota máxima hasta los 600 euros mensuales en 2023. Para muchos autónomos supondría doblar la cuota que pagan a día de hoy, y para muchos de ellos sería sinónimo de cierre de su negocio.

Escrivá plantea 13 tramos de rendimientos y cuotas de entre 240 y 600 euros al mes, en función de los ingresos mensuales, que aplicarían ya en el año 2023. El palo a los autónomos es mayúsculo a partir de los 1.700 euros de ganancias. Se negociarían más adelante las cuotas que operarían a partir de 2025, por lo que estos impuestos se fijarían solo para los primeros años. Con la propuesta inicial de Escrivá del pasado mes de enero, el autónomo medio pagaría el doble de la cuota actual en cuatro años.

Para muchos no es rentable. Entre IVA. IRPF, gastos al alza por la luz, el gas y el coste de la vida – el IPC está ya en el 9.8% y volando- no les renta el trabajar: tiempo, esfuerzo, dinero y poca visibilidad en ingresos, y ¿para colmo?, una cuota a la seguridad social que deja tiritando a muchos autónomos, a la mayoría.

Muchos son periodistas, repartidores, esteticistas, abogados, comerciales … muchos trabajan desde casa; otros trabajan desde un coworking o tienen su propio establecimiento o lo alquilan ¡más gasto fijo que merma el neto que queda a final de mes! Para colmo muchas facturas son pagadas a los 30, a los 60 o incluso a los 90 días de ser emitidas. ¡E incluso algunos pagos se alargan, pero no rechistes al pagador porque se busca otro proveedor! Es una locura. Una lucha continua. Un trabajar para pagar impuestos y para no salirte del mercado, pero un trabajar para ingresar y mejorar ¡pocos!.

Y el gobierno, ¿qué busca con este “crujir” al autónomo, al emprendedor? Busca, claro está, ingresar más pero, sobre todo desincentiva el trabajo, el emprendimiento. Desincentiva a aquellos que tienen un proyecto, que quieren vivir mejor, que aspiran a ingresar un poco más -no para hacerse ricos y dar el pelotazo- sino para ganar en estabilidad económica, para pagarle unos mejores estudios a los hijos, para estar más desahogados en casa, para permitirse unas vacaciones más largas o más lejos….

El gobierno quiere más. Está hambriento de liquidez para pagar a su plebe. Y la clase media es la que mejor puede vampirizar. Tú trabajador autónomo vas a seguir trabajando a pesar de la carga impositiva más pesada, porque aspiras a vivir un poco mejor y porque temes vivir un poco peor. Los gobiernos no van a ir a por los que más tienen o más ganan -eso es puro populismo- porque ellos pueden alcanzar asesores, gestores y abogados que les aconsejen las estructuras patrimoniales y fiscales más apropiadas para pagar los impuestos justos. Los gobiernos no van a ir a por los que menos tiene, porque saben que de ahí poco pueden rascar.

Los gobiernos, por tanto, van a ir a por la clase media. A por mí y también a por usted, porque a pesar de la enooooorme presión fiscal que sufrimos, seguiremos trabajando porque aspiramos a vivir mejor y tememos vivir peor. Lo que ocurre es que con esta política incentivan el que uno abandone, que se rinda o incluso que ni siquiera intente el iniciar su actividad por cuenta propia. Prefiere gente agradecida, que busque la subvención y que tenga poca o nula capacidad de crítica o de rebeldía. ¡Una lástima! Nos invitan a todos a no crear, ni arriesgar, ni emprender. ¡Es la realidad! Prefieren tener una masa laboral agradecida, poco rebelde y con poca iniciativa .

Desde ATA, la Federación de Trabajadores Autónomos están haciendo un trabajo excepciona. Mi buen amigo, Lorenzo Amor, está peleando y bramando por cuidar y proteger a los más de 2.5 millones de autónomos que sobreviven en nuestro país, que muerden cada mañana cuando levantan la persiana de su negocio. Sin embargo, mucho me temo, que el gobierno tiene la decisión ya tomada. Quiere y necesita aumentar la recaudación y tiene claro que su próxima víctima es el autónomo. Trabajador, peleón y superviviente. Como decía al principio, ¡os van a crujir! Y mucho me temo: no hay escapatoria.

 

Autora: Susana Criado
Periodista y comunicadora. Directora de Capital en Radio Intereconomía

Los conflictos entre quien trabaja y quien emplea, con los plazos de cada uno, están en nuestra página sobre abogado laboralista en Madrid.

Lacaci & Delgado Abogados incorpora una nueva cartera de servicios para empresas y autónomos

  • Rubrica un acuerdo con la consultora Acción Legal Emprende para ampliar su cobertura

El despacho jurídico Lacaci & Delgado Abogados y la consultora Acción Legal Emprende acaban de rubricar una alianza estratégica con el principal objetivo de dar una cobertura más efectiva a las necesidades de empresas y autónomos, con respecto a los servicios de gestoría y consultoría.

Los socios del bufete, Carlos Lacaci y Adriana Delgado, explican que, con la firma de este acuerdo, seguirán siendo un despacho mutidisciplinar de referencia en España, que abarca las principales áreas jurídicas que ofrecen servicios completos a empresas, autónomos y particulares.

Lacaci & Delgado Abogados ofrece asistencia letrada en Derecho Penal, Civil y Familia, Laboral, Mercantil, Fiscal y Tributario, Contencioso-Administrativo y Extranjería.

La firma se fundó en 2011 por el abogado y consultor Carlos Lacaci y, unos años más tarde, pasó a denominarse Lacaci & Delgado Abogados, cuando se incorporó al mismo la letrada Adriana Delgado, procesalista con experiencia contrastada en juzgados y tribunales.

El director de la consultora Acción Legal Emprende es Carlos Bravo Díaz-Murcia, graduado social y consultor con varios años de experiencia como gestor y consultor de empresas y autónomos.

Tras la firma de este acuerdo, además de las áreas de práctica que ya se venían ofreciendo, los nuevos servicios que incorpora el despacho Lacaci & Delgado Abogados, incluyen, los de Gestoría (análisis y elaboración de nóminas; presentación de seguros sociales en el sistema RED; presentación de los conceptos de retribución de salarios en el sistema RED) y Consultoría y Jurídico (análisis de salarios y costes de seguros sociales de la plantilla; defensa y representación letrada ante Inspecciones de Trabajo y Seguridad Social y asistencia letrada en procedimientos laborales).

También, se desarrollan Servicios para autónomos (tramitaciones y gestiones ante el SEPE y estudio de la situación; tramitaciones y gestiones ante el INSS y estudio de la situación; tramitaciones y gestiones a particulares y autónomos ante cualquier Organismo Público de relevancia laboral profesional a nivel nacional).

Fuente original: https://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/10369885/02/20/Lacaci-Delgado-Abogados-incorpora-una-nueva-cartera-de-servicios-para-empresas-y-autonomos.html

La tutela preventiva del acoso laboral

Artículo actualizado en septiembre de 2026. La versión original, de junio de 2016, se escribió antes de la reforma que en octubre de 2022 cambió las obligaciones de prevención de las empresas. Todo lo que sigue está comprobado contra la redacción vigente en el Boletín Oficial del Estado.

El acoso laboral no es una moda ni un término prestado de la psicología: tiene consecuencias jurídicas concretas, obligaciones para la empresa y tres vías distintas de reclamación, cada una con su plazo. Lo que ha cambiado desde que escribimos este artículo por primera vez es sobre todo lo primero, la obligación de prevenir.

Qué es acoso a efectos jurídicos

El acoso laboral, o mobbing, es la realización reiterada de actos hostiles o humillantes en el marco de una relación de trabajo, prevaliéndose de una posición de superioridad, que someten a la víctima a un trato degradante. Lo característico no es la gravedad de un episodio suelto, sino la reiteración: muchas veces la reclamación se sostiene precisamente sobre la acumulación de hechos menores documentados a lo largo del tiempo.

Puede venir de un superior, de un compañero o incluso de un subordinado, y puede tener componente sexual o estar motivado por el sexo de la víctima.

Lo que cambió en 2022: la obligación de prevenir

Aquí está la reforma que dejó desfasada la versión anterior de este artículo. El artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007, en su redacción vigente desde el 7 de octubre de 2022, amplió el alcance de lo que la empresa tiene que prevenir. Ya no habla solo de acoso sexual y acoso por razón de sexo: ahora obliga a las empresas a promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo.

Y añade algo que en 2016 no estaba: esas conductas incluyen expresamente las cometidas en el ámbito digital. Mensajes, grupos, correos y redes entran dentro de lo que la empresa debe prevenir.

El propio artículo señala las medidas que pueden establecerse, que deberán negociarse con los representantes de los trabajadores: códigos de buenas prácticas, campañas informativas y acciones de formación. Y atribuye también a los representantes de los trabajadores el deber de contribuir a esa prevención.

Para quien sufre acoso esto tiene una consecuencia práctica: si la empresa no tenía nada de esto —ni protocolo, ni formación, ni cauce para denunciar—, ese incumplimiento es un elemento más de la reclamación.

Las tres vías, y que no son excluyentes

Ante una situación de acoso hay tres caminos, y pueden combinarse:

  • La vía penal. El artículo 173.1 del Código Penal castiga con prisión de seis meses a dos años a quien, prevaliéndose de su superioridad, realice de forma reiterada actos hostiles o humillantes que supongan grave acoso contra la víctima.
  • La extinción indemnizada del contrato. El artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores permite al trabajador pedir la extinción cuando hay incumplimiento grave del empresario, con la indemnización del despido improcedente.
  • La reclamación de daños y perjuicios, por el perjuicio moral y material sufrido.

Lo que decide el resultado: la prueba

Una reclamación por acoso se sostiene con lo que consta por escrito. Correos, mensajes, testigos, partes médicos, cambios de funciones documentados. Antes de presentar una denuncia o de pedir la extinción del contrato conviene reunir esa prueba con calma, porque después es más difícil.

Las vías, los plazos de cada una y qué conviene documentar en cada caso están explicados en nuestra página sobre abogado de acoso laboral en Madrid.

Fuentes: artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, en su redacción vigente desde el 7 de octubre de 2022; artículo 173.1 del Código Penal y artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, consultados en el Boletín Oficial del Estado. Este artículo es información general y no sustituye el asesoramiento sobre un caso concreto.

Las vías para reclamar por acoso laboral y los plazos de cada una están en nuestra página sobre abogado de acoso laboral en Madrid.

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